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Índice de contenidos
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Según el artículo 10.g del DECRETO 328 de 13 de julio de 2010, las familias tienen derecho a suscribir con el centro docente un compromiso educativo para procurar un adecuado seguimiento del proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas.
Para ello, tanto la escuela como las familias han de partir de unos principios fundamentales:
En nuestro Centro, el seguimiento del aprendizaje del alumnado se lleva a cabo en las entrevistas con las familias. Estas entrevistas se producen a iniciativa de los padres y madres o de los tutores/as.
A través del 11. Plan de Orientación y Acción Tutorial (POAT) se solicitará la colaboración de las familias como complemento al proceso de enseñanza-aprendizaje de los alumnos/as.
Alumnado al que va dirigido:
El compromiso educativo estará especialmente indicado para aquel alumnado que presente dificultades de aprendizaje a lo largo de su escolaridad.
Momento de suscripción del compromiso educativo:
El compromiso educativo se podrá suscribir en cualquier momento de la escolaridad y del curso del alumno/a.
Protocolo de actuación:
El Consejo Escolar realizará el seguimiento de los compromisos educativos suscritos en el Centro para garantizar su efectividad y proponer la adopción de medidas e iniciativas en caso de incumplimiento.
El modelo de Compromiso Educativo oficial a utilizar es el siguiente (Anexo V de la Orden de 20 de junio de 2011):
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Modelo de compromiso educativo
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Según el artículo 10.k del DECRETO 328 de 13 de julio de 2010, las familias tienen derecho a: “Suscribir con el centro docente un compromiso de convivencia, con objeto de establecer mecanismos de coordinación con el profesorado y con otros profesionales que atienden al alumno o alumna que presente problemas de conducta o de aceptación de las normas escolares, y de colaborar en la aplicación de las medidas que se propongan, tanto en el tiempo escolar como extraescolar, para superar esta situación.”
También basándonos en el artículo 16 del DECRETO 19 de 23 de enero de 2007, por el que se adoptan medidas para la promoción de la Cultura de Paz y mejora de la Convivencia en los centros docentes, los titulares de la tutoría de cada grupo podrán proponer la suscripción de un compromiso de convivencia, a las familias del alumnado que presente problemas de conducta y de aceptación de las normas escolares. El objetivo será establecer mecanismos de coordinación de dichas familias con el profesorado y otros profesionales que atienden al alumnado, así como colaborar en la aplicación de las medidas que se propongan, tanto en el horario escolar como en el extraescolar, para superar esta situación.
A través del 12. Plan de Convivencia se solicitará la colaboración de las familias como parte del proceso para la firma del compromiso.
Alumnado al que va dirigido:
****Alumnado que muestre problemas de conducta influyendo esto en el desarrollo de su propio aprendizaje y en el de los demás alumnos y alumnas.
Momento de suscripción del compromiso educativo:
Este compromiso podrá suscribirse en cualquier momento del Curso.
Protocolo de actuación:
De los compromisos de convivencia suscritos en cualquier nivel será informado el Claustro de profesores.
De los compromisos educativos y de convivencia que se realicen se informará al Consejo Escolar y la Comisión de convivencia del mismo, será la encargada de hacer el seguimiento conforme dictamina el artículo 50 del DECRETO 328, de 13 de julio de 2010.
El modelo de Compromiso de Convivencia oficial a utilizar es el siguiente (Anexo VI de la Orden de 20 de junio de 2011):
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Modelo de Compromiso de Convivencia
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