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Índice de contenidos
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Los mecanismos para asegurar la objetividad en la evaluación del alumnado en Educación Infantil se establecen tomando como base los referentes normativos del Decreto 100/2023 y la Orden de 30 de mayo de 2023. Estos mecanismos garantizan que la evaluación sea global, continua y formativa, orientada a medir el grado de consecución de las competencias específicas en cada una de las áreas curriculares. Se otorga una importancia clave a la elaboración de documentación sobre la práctica docente y las experiencias de aula, lo cual contribuye a una evaluación más objetiva y precisa.
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Concreción curricular de Educación INFANTIL
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El principal procedimiento de evaluación en Educación Infantil es la observación directa y sistemática. Esta técnica permite obtener una visión clara y completa del desarrollo del alumnado. Se utilizan diferentes instrumentos, como escalas de observación, anecdotarios y listas de control, siempre coherentes con los criterios de evaluación y adaptados a las características específicas del alumnado. Estos instrumentos se seleccionan con el objetivo de garantizar una evaluación que responda al principio de atención a la diversidad y a las diferencias individuales.
Los criterios de evaluación son los referentes principales para medir el grado de desarrollo de las competencias específicas del alumnado. Aunque estos criterios no son los únicos elementos que se valoran, sirven para orientar la evaluación y, por ende, la calificación del alumnado. El grado de logro de cada competencia se detalla en los informes finales de ciclo, los cuales desempeñan un papel relevante en el proceso de transición hacia la Educación Primaria.
La comunicación efectiva con las familias es esencial para garantizar una evaluación integral y compartida del proceso de aprendizaje del alumnado. El centro establece diferentes mecanismos de participación y comunicación, tales como reuniones periódicas, entrevistas individuales y la entrega de informes detallados sobre el progreso del alumno o alumna, siempre a través del sistema Séneca-Pasen. Además, se fomenta el diálogo continuo con las familias para que comprendan cómo se lleva a cabo la evaluación y cómo los criterios se traducen en resultados y avances en el aprendizaje de sus hijos e hijas.
El artículo 9 de la Orden de 30 de mayo de 2023 de Primaria establece que la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado será continua, global, competencial, formativa, integradora, diferenciada y objetiva según las distintas áreas del currículo. La evaluación es un instrumento para la mejora tanto de los procesos de enseñanza como de los de aprendizaje. Los criterios de evaluación de las diferentes áreas curriculares serán los referentes para medir el grado de consecución de las competencias específicas.
Según el artículo 10 de la Orden, el profesorado llevará a cabo la evaluación preferentemente a través de la observación continuada de la evolución del proceso de aprendizaje en relación con los criterios de evaluación y el grado de desarrollo de las competencias específicas de cada área.
Para la evaluación del alumnado se utilizarán diferentes instrumentos, tales como cuestionarios, formularios, presentaciones, exposiciones orales, edición de documentos, pruebas, escalas de observación, rúbricas y portafolios. Estos instrumentos serán coherentes con los criterios de evaluación y adaptados a las características específicas del alumnado, garantizando así que la evaluación responda al principio de atención a la diversidad y a las diferencias individuales. Además, se fomentarán los procesos de coevaluación, evaluación entre iguales y autoevaluación del alumnado, potenciando su capacidad para juzgar sus logros respecto a una tarea determinada.
Los mecanismos que garanticen la objetividad de la evaluación deberán concretarse en las programaciones didácticas y ajustarse de acuerdo con la evaluación inicial del alumnado y su contexto. Los criterios de evaluación deben ser medibles, estableciendo mecanismos objetivos de observación de las acciones que describen.
El alumnado tiene derecho a ser evaluado conforme a criterios de plena objetividad, a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos de manera justa. Asimismo, tiene derecho a conocer los resultados de sus evaluaciones, de forma que la información obtenida tenga valor formativo y lo comprometa en la mejora de su educación.
Evidencias del aprendizaje e instrumentos de evaluación
Los criterios de evaluación contribuyen al grado de desarrollo de las competencias específicas y tendrán el mismo valor a la hora de determinar dicho grado de desarrollo. Para la calificación del alumnado, no se ponderarán los criterios ni los instrumentos de evaluación, ya que se evalúan desempeños que se considerarán desarrollados en mayor o menor medida. Será este grado de desempeño el que determine la calificación del alumnado, independientemente del instrumento utilizado para evaluarlo.
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Concreción curricular de Educación PRIMARIA
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La comunicación efectiva con las familias es esencial para garantizar una evaluación integral y compartida del proceso de aprendizaje del alumnado. El centro establece diferentes mecanismos de participación y comunicación, tales como reuniones periódicas, entrevistas individuales y la entrega de informes detallados sobre el progreso del alumno o alumna, siempre a través del sistema Séneca-Pasen. Además, se fomenta el diálogo continuo con las familias para que comprendan cómo se lleva a cabo la evaluación y cómo los criterios se traducen en resultados y avances en el aprendizaje de sus hijos e hijas.
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La promoción del alumnado es una decisión importante que debe estar respaldada legalmente y ser clara para que cualquier miembro de la comunidad educativa pueda endenterla. Dicho proceso está regulado en el artículo 16 de la ORDEN de 30 de de mayo de 2023 por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la etapa de Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía y otros aspectos (para Primaria) y el capítulo III de ORDEN de 30 de de mayo de 2023 por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la etapa de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía y otros aspectos (para Infantil). Teniendo en cuenta dicha legislación debemos resaltar los siguientes aspectos sobre la promoción:
Los criterios de promoción tanto para la etapa de Infantil como Primaria quedan delimitados tanto en Infantil como en Primaria en las Órdenes de 30 de mayo en los mismos artículos mencionados anteriormente. Son los siguientes:
En la Orden de Primaria de 30 de mayo de 2023, en su artículo 13.9. que Al finalizar la etapa, a juicio del equipo docente, cuando un alumno o alumna demuestre que ha alcanzado un desarrollo académico excelente, se le otorgará Mención Honorífica por área. Esta circunstancia deberá quedar reflejada en el Informe final de etapa, así como en el Expediente y en el Historial académico del alumnado. Los centros docentes establecerán en su Proyecto educativo el procedimiento de concesión de la Mención Honorífica.
En este sentido, según los criterios establecidos y aprobados en nuestro Proyecto Educativo de Centro, se otorgará Mención Honorífica al alumnado que cumpla los siguientes criterios:
Alcanzar con éxito los objetivos de la etapa y las competencias clave. El alumnado deberá demostrar un nivel de competencia avanzado en cada una de las áreas curriculares, cumpliendo y superando los objetivos establecidos en la etapa de Educación Primaria.
Para ello, deberá:
✅ El alumnado que cumpla estos requisitos EN TODAS LAS ÁREAS recibirá un reconocimiento público por su rendimiento académico excelente, con la entrega de un diploma acreditativo en el acto de fin de etapa.
Actitud excelente hacia el aprendizaje y la adquisición de competencias. Se valorará una actitud positiva, proactiva y constante hacia el proceso de aprendizaje, mostrando siempre una disposición ejemplar para el trabajo en clase, el esfuerzo personal y el interés por aprender.
Cumplimiento de las normas de convivencia y contribución al mantenimiento de relaciones eficaces en la comunidad educativa. El alumnado deberá demostrar un comportamiento ejemplar y un compromiso activo con el cumplimiento de las normas de convivencia del centro, contribuyendo al mantenimiento de relaciones eficaces y armoniosas entre todos los miembros de la comunidad educativa, incluyendo alumnos, familias, profesorado y personal no docente.