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Índice de contenidos

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Referencias normativas


14.1. Introducción

La jefatura de estudios elaborará el plan de reuniones a lo largo del curso académico de cada uno de los órganos de coordinación docente existentes en el centro. Dicho plan se realizará atendiendo a los criterios pedagógicos que se explicitan a continuación y a las características del órgano de coordinación de que se trate. Sin perjuicio del plan de reuniones establecido, los órganos de coordinación docente realizarán aquellas reuniones extraordinarias que sean precisas para el ejercicio de las funciones y competencias asignadas a los mismos.

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Según las Instrucciones de 4 de octubre de 2022, relativas a la modalidad de trabajo no presencial en el horario no lectivo, parte de las reuniones puede realizarse de forma telemática, siempre que no se trate de tutorías o sesiones de evaluación, las cuales deben llevarse a cabo con carácter presencial.

En el caso de las tutorías, únicamente podrán realizarse de manera telemática si las familias lo solicitan expresamente y siempre que existan medios tecnológicos suficientes para garantizar una atención adecuada. En estos casos, no será obligatoria la presencialidad en el centro, respetándose el horario establecido para dicha función.

Por este motivo, en nuestro centro, y debido al elevado número de tutorías presenciales que se llevan a cabo, se ha decidido que la mayoría de las reuniones de coordinación docente se realicen también de manera presencial. No obstante, se reservarán para el formato telemático aquellas reuniones cuyo contenido no presente dificultades para desarrollarse en esta modalidad y cuya eficacia esté garantizada, adaptándose según las necesidades específicas de cada caso.

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14.2. Asignación del Horario de los Órganos de Coordinación Docente

Según el artículo 13, punto 3, de la Orden de 10 de agosto de 2010, la parte del horario semanal de obligada permanencia en el centro no destinada a horario lectivo se estructurará de manera flexible, siguiendo el plan de reuniones establecido por la jefatura de estudios. Este plan debe asegurar que al menos una hora a la semana coincida todo el profesorado, con el fin de facilitar la coordinación de los distintos órganos de coordinación docente.

La jefatura de estudios elaborará dicho plan de reuniones para cada órgano de coordinación docente del centro a lo largo del curso académico. Este plan se basará en los criterios pedagógicos que se explicitan a continuación y en las características específicas de cada órgano. Además de las reuniones programadas, los órganos de coordinación docente realizarán aquellas reuniones extraordinarias que sean necesarias para el ejercicio de sus funciones y competencias asignadas.

En el art. 78 del DECRETO 328/2010, de 13 de julio, se indica que los órganos de coordinación docente y los responsables de su coordinación son los siguientes:


14.3 Criterios para la Asignación de Reducciones Horarias

14.3.1. Reducción del Equipo Directivo

Con el fin de garantizar la realización de las funciones atribuidas al equipo directivo, el profesorado que ejerza estas funciones dispondrá semanalmente del número de horas lectivas que a continuación se especifica, haciendo un reparto equitativo entre los tres miembros. Se procurará establecer alguna hora coincidente para poder desarrollar el trabajo en equipo.

A las horas establecidas por ley según el número de unidades se le sumará lo previsto en la normativa sobre la coordinación del Plan de Apertura.

Reducción Normativa
Equipos directivos
(9 a 17 unidades) 23 horas Artículo 14 de la Orden de 20 de agosto de 2010
Plan de Apertura (ED)
(6 a 17 unidades) 3 horas Orden del 3 septiembre 2010

14.3.2. Reducción de los Coordinadores de Ciclo

En nuestro centro, los coordinadores de ciclo dispondrán semanalmente de una hora para dedicarlas a las labores de coordinación.

Reducción Normativa
Coord. Equipos Ciclo y Orientación
(9 a 17 unidades) 1 por ciclo y
1 EOC Orden de 20-08-2010, BOJA de 30-08-2010

14.3.3. Reducciones reconocidas de Planes y Programas

El profesorado responsable de la coordinación de los planes y programas educativos o proyectos de innovación que se desarrollen en el centro podrán disponer, de acuerdo con las disponibilidades de profesorado del centro, de una fracción del horario de obligada permanencia en el centro, tanto lectivo como no lectivo para su dedicación a estas funciones.

Reducción Normativa Observaciones
Plan Bilingüismo
(6 a 17 unidades) 3 horas Od. 3 septiembre 2010
Coordinación TDE
(6 a 17 unidades) 2 horas Resolución de 11 de septiembre de 2024 Posibilidad de ampliación del horario en función del profesorado disponible, necesidades del centro y a propuesta del Equipo Directivo.
Plan de Lectura y Biblioteca 3 horas Instrucciones 24 de julio de 2013 Al Equipo de Apoyo se le podrá asignar horario lectivo para la organización y funcionamiento de la biblioteca, en función de la disponibilidad horaria del maestro/a, las necesidades del centro y a propuesta del Equipo Directivo.
Plan Autoprotección Exención recreos Od. 16 de abril de 2008
Plan de Igualdad Exención recreos Acuerdo 16 de febrero de 2016
Reducciones por lactancia 1 hora semanal Circular 6 de febrero de 2013

Para asignación de la coordinación de dichos planes se seguirán los siguientes criterios:

  1. Formación y titulación acreditada relacionada con el desempeño de estos.
  2. Experiencia anterior como coordinador/a en el plan o proyecto.
  3. Implicación que se esté dispuesto a asumir para la coordinación de este.
  4. Trayectoria anterior en el centro en el desempeño de alguna de estas funciones.

14.3.4. Otras Reducciones de jornada en Horario Lectivo

Reducción Normativa Observaciones
Reducción por lactancia 1 hora diaria Circular 6 de febrero de 2013
(página 9) El derecho podrá ejercerse en una hora completa al inicio o al final de la jornada, o dividirse en dos periodos de media hora: uno al inicio y otro al final de la jornada.
+ 55 años 2 horas semanales Los mayores de 55 años (cumplidos a 31 de agosto) tendrán 2 horas de reducción de docencia directa con el alumnado. Esta reducción no afectará las 30 horas semanales de obligada permanencia en el centro y se destinará a actividades que se le encomienden.
Reducción de jornada solicitada 1/3 jornada reducción =
17 h. lectivas y 3 h. no lectivas.
1/2 jornada reducción =
12,5 h. lectivas y 2,5 no lectivas. Circular 6 de febrero de 2013
(página 12) Se deberá cubrir un número de horas de permanencia en el centro proporcional al de horas tanto Lectivas como No Lectivas.